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ACREDOR ALIMENTARIO INTENTO SUICIDARSE

  • Consulta : 283545
  • Autor : metrocompras_NR
  • Publicado : Miércoles 29 de Noviembre de 2017 11:01 desde la IP: 187.192.252.28
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,138
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  • Autor
    Consulta

  • metrocompras_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco
    Buen día necesito un consejo, resulta que me embargaron mi salario desde hace ya un año através de una pensión alimenticia, toda vez que según la mamá de mi hijo lo que yo daba era insuficiente, siempre he dado dinero através de depósitos bancarios, nunca existió matrimonio con ella solamente tuvimos un hijo, pero de cada hijo que tiene ha demandado a los padres y ella de eso vive, pues resulta ser que mi hijo en días pasados intento suicidarse tiene 16.5 años, necesito saber que me conviene hacer tanto para mi hijo como para mi y a su vez para liberar el embargo de mi sueldo pues aunque contesté la demanda esta presentada fuera de donde yo vivo y se me complica estar al pendiente de ella y es bastante lento el proceso en ese juzgado por la carga de trabajo que tiene

     

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  • Autor
    Respuesta No: 396783

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    Con todo respeto, en lugar de preocuparse de que un Juez haya ordenado el descuento de la pensión alimenticia directamente de su salario (Lo que es completamente legal y además es difícil cancelar dicha situación), debería atender el estado de salud emocional y psicológico de su hijo.



  • Autor
    Respuesta No: 396788

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu abogado sabe qu hacer... y tu preocupate porque se mate tu hijo... y asi podrás pedir el levantamiento del embargo sobre tu salario... .........................................................................Casos en los que procede la suspensión o cese de pago de pensión alimenticia. 1.- Cuando el condenado carece de medios para cumplirla. 2.- Cuando el acreedor deja de necesitar alimentos. 3.- Por causa de que el acreedor incurra en injuria, falta o daños graves en agravio del deudor; no funciona en caso de ser madre o padre y el acreedor sea menor de edad. 4.- Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la conducta viciosa o falta de aplicación al estudio o al trabajo del acreedor. 5.- Cuando el acreedor abandona la casa del deudor. 6.- Cuando el acreedor se case. 7.- Cuando el acreedor tenga hijos. 8.- Cuando el acreedor cumpla la mayoría de edad, trabaje y no estudie.



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