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PUEGO IMPUGNAR?

  • Consulta : 283385
  • Autor : guadalupeiac1985_NR
  • Publicado : Martes 24 de Octubre de 2017 16:04 desde la IP: 201.143.214.250
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,141
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  • Autor
    Consulta

  • guadalupeiac1985_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California
    Hola, espero me puedan ayudar... Tengo una hija de 10 años, su papa quien se volvió a casar despues de nuestro divorcio.. murió y mi cuñado me dijo que dejó testamento dejandole universalmente todo a su actual esposa (no tuvieron hijos). En ese caso, puedo impugnar parte de la herencia? o sólo le tocaría a mi hija la pension alimenticia que su papá me depositaba? o al morir el papa de mi hija muere la pension que recibia de alimentos para con mi hija?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 396432

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    No muere la pensión alimenticia. Necesitas acreditar la filiación que tiene tu hija con su padre en el lugar donde se este realizando la sucesión. La sucesión de tu ex marido adquiere la obligación de otorgar pensión alimenticia a favor de tu hija.



  • Autor
    Respuesta No: 396437

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    solo le tocaría a tu hija la pension alimenticia que su papá le depositaba y solo mientras estudia... pero no puedes impugnar un testamento y que pegue... no le dejo nada... nada recibira... solo los alimentos... tu abogado sabe que hacer... quien te diga que si se puede... te engaña y te sorprende...



  • Autor
    Respuesta No: 396449

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    guadalupeiac1985:

    Lo cierto es que usted, como representante legal de la menor de edad desheredada injustamente por el padre mediante la figura de un testamento en el que designa como heredera universal a diversa persona excluyendo a su hija, usted puede impugnar tal testamento alegando que se trata de un testamento inoficioso porque ha dejado una hija sin provisión de alimentos, y entonces el juez deberá declarar inoficioso el testamento en cuestión para favorecer a la hija menor de edad del testador fallecido, haciendo que, de la masa hereditaria a ellla se pague una pensión alimenticia mensual.

    Pero resulta totalmente falso que la pensión alimenticia termine a los 18 (dieciocho) años de edad de su hija, cuenta habida que si es una estudiante regular la pensión debe continuar hasta que termine con sus estudios, y por estudiante regular se ha entendido que debe conservarse sin repetir un ciclo escolar anual, así que, si llegara a reprobar un año y cumple los dieciocho años de edad, perderá el derecho a su pensión.



  • Autor
    Respuesta No: 396488

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el testamento... no es inoficioso... solo se declararia... que hay un acreedor alimentario... un acto preferente... inoficioso significa... sin valor legal... eso no va a pasar...



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