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ATROPELLO DE PEATóN. MI FAMILIAR ES LA PERSONA AFECTADA.
- Consulta : 283218
- Autor : johny2188
- Publicado : Martes 19 de Septiembre de 2017 12:06 desde la IP: 201.159.111.214
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,145
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 19 de Septiembre de 2017
Mi madre fue atropellada mientras caminaba en su colonia. La persona responsable tenía seguro pero no aceptamos deslindar responsabilidad y fue remitida al ministerio público junto con su vehículo. Me comentaron que la persona salió y el vehículo quedó como garantía. Mi madre fue llevada en ambulancia para su valoración y con su medico traumatólogo de confianza en otra clínica para que le hiciera un dictamen. La situación ocurrió ayer y no hemos ido al ministerio publico. El médico la citó de nuevo para una segunda consulta la siguiente semana y el oficial de transito nos comentó justo después del percance que podemos ir con mi mamá ya que se recupere pues no queríamos deslindar responsabilidades por si había alguna secuela o algo grave que el seguro no cubriera en la revisión que hace, pero tengo duda de si puedo ir hasta la siguiente semana o debe ser antes para que proceda correctamente el caso y me puedan reembolsar la consulta, las radiografías y los medicamentos. ¿Que procede en este caso? ¿Ir lo antes posible? ¿Ir hasta que mi mamá se recupere y nos digan si tendrá o no secuelas?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 395994
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Septiembre de 2017 18:46 2017-09-19 18:46 desde IP: 189.180.241.137
puedes ir cuando quieras... por hacerle al cuento de ver si ganas mas... estas perdiendo el tiempo... y cumplido el capricho en base al contraro de seguro... deslindes o no la responsabilidad... el mp... es quien da o no el ejercicio de la acció penal... no tu... y la ofendida ... no eres tu... es tu madre... repito... puedes ir cuando quieras... sigue perdiendo el tiempo...
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AutorRespuesta No: 395997
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Septiembre de 2017 20:24 2017-09-19 20:24 desde IP: 187.221.112.39
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AutorRespuesta No: 396028
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Septiembre de 2017 15:50 2017-09-21 15:50 desde IP: 189.180.241.137
y que tiene que ver el simple proceso de dar cumplimiento a las necesidades de ley... para que proceda la acción penal?... con eso que tu llamas corrupción?...
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