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CASA EMBARGADA POR UN PAGARE

  • Consulta : 283194
  • Autor : Nueva_jardines_NR
  • Publicado : Martes 12 de Septiembre de 2017 15:14 desde la IP: 187.163.213.32
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,152
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  • Autor
    Consulta

  • Nueva_jardines_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes
    Hola. En el 2003 fallesio mi esposo. En el 2007 llegaron unos licenciados y me kitaron mi casa por el motivo ke mi esposo firmo un pagare en el año 2002 por la cantidad de 25000 pero durante ese tranacurso no me llego ninguna notificacion. Desgrasiadamente ya paso mucho tiempo y yo e estado peliando esa casa ademas estaba intestada mi esposo y yo nos casamos por bienes mamcomunados y como al lic me lo pusieron por parte de gobierno. Que pueso hacer para recuperarla al 100.??

     

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  • Autor
    Respuesta No: 395871

  • svr27
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    No le pueden quitar su casa, sin antes haber sido vencida en un juicio. Si se casaron por " bienes mancomunados" ( sociedad conyugal) se embarga el 50 % que le corresponde a su marido, es decir que usted es propietaria del otro 50 % del inmueble. Primeramente hay que corroborar que efectivamente se llevo un juicio en contra de su esposo, ya que los que tienen que contestar dicha demanda es la sucesión de su marido, luego ver la situación jurídica de dicho juicio para ver que es lo que se pueda hacer. Le recomiendo se asesore con un abogado, ya que es un tema procesalmente complejo que requiere de los conocimientos de un litigante en la materia, para poder solucionar su problema de la mejor manera.





  • Autor
    Respuesta No: 395919

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo único que puede rescatar es el 50% por ciento que le pertenece a Usted debido a la sociedad conyugal, del otro 50% tiene que responder su esposo (finado) por el adeudo contraído con su acreedor, mismo que debió demandar a la sucesión, como bien le dijeron con anterioridad.

    Para rescatar su casa al 100% Usted debe pagar el adeudo que le reclaman, lo cual debe negociar con el demandante/actor, analizando lo mas benéfico para Usted, en virtud que la deuda puede ser mayor a la parte proporcional (50%) de embargo del inmueble. Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 395975

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En el 2003 fallesio mi esposo. En el 2007 llegaron unos licenciados y me kitaron mi casa por el motivo ke mi esposo firmo un pagare en el año 2002 ...........pos yo entiendo... que en la fecha de presentación del documento base de la acción (2007)... ya estaba prescrito el documento... caducado el acto y precluido el derecho... y eso debio alegar el abogado que le dio el estado...



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