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SEMANAS LABORALES DE 96 HORAS

  • Consulta : 282730
  • Autor : agooctubre_NR
  • Publicado : Domingo 11 de Junio de 2017 14:03 desde la IP: 187.161.67.248
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,135
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  • Autor
    Consulta

  • agooctubre_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León
    Buen día En la empresa donde trabajaba , laboraba 4 días seguidos por cuatro de descanso. Durante 8 meses, los 4 días de trabajo eran sin salir de la planta de operación y estando disponibles a cualquier hora. Sin recibir tiempo extra, al solicitarle al jefe inmediato que me pagaran tiempo extra lo que hizo fue correrme, por lo cual metí una demanda por medio de un Licenciado, Primera pregunta tengo derecho a que me paguen esas jornadas de tiempo extra? segunda pregunta, para efecto de liquidación se pueden considerar esas horas que fueron muchas mas de las 48 que marca la ley, como mas antigüedad? ya que se duplicaría a 16 meses ya que labore 8 pero trabajando lo doble que lo que marca la ley. y por ultimo, si gano la demanda se contemplarían en los pagos de salarios caídos,como si estuviera trabajando ese tiempo extra? como cuando estaba activo. agradezco su atención y a sus respuestas.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 394680

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Primera pregunta tengo derecho a que me paguen esas jornadas de tiempo extra? segunda pregunta, para efecto de liquidación se pueden considerar esas horas que fueron muchas mas de las 48 que marca la ley, como mas antigüedad? ya que se duplicaría a 16 meses ya que labore 8 pero trabajando lo doble que lo que marca la ley. y por ultimo, si gano la demanda se contemplarían en los pagos de salarios caídos,como si estuviera trabajando ese tiempo extra? como cuando estaba activo.........................................................................................................................si presentaste una demanda... en el texto de la misma esta la respuesta a tus preguntas... y solo tu abogado... quien la presento... puede dar contstación a las mismas... ya que sin saber que fue lo que pidio... no te podemos contestar...



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