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ADMINISTRADORA DE CONDOMINIO ABUSIVA

  • Consulta : 282577
  • Autor : maria0425
  • Publicado : Martes 16 de Mayo de 2017 14:16 desde la IP: 189.226.58.199
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,141
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  • Autor
    Consulta

  • maria0425
    USUARIO REGISTRADO

    Hola buena tarde, ojala alguien me pudiera ayudar. Ya leí la ley de condominios del Estado de Morelos y los derechos y obligaciones que tengo al adquiri mi casa. La cuestión es que hace tres años elegimos a una persona como administradora y nunca ha hecho reuniones ni ha informado sobre los gastos del condominio, pagamos 750 de mantenimiento, dinero que tiene en su cuenta propia y nos dijo que no nos podía dar estados de cuenta ya que es cuenta bancaria personal. Somos varios vecinos los inconformes por su abuso de poder, ya que nos bloquea las tarjetas de acceso a su capricho, modificó el jardin común que se encuentra frente a su casa sin permiso, saca a sus perros a pasear y bueno un sin fin de cosas que se siente en el derecho por ser la presidenta. Varios nos negamos a hacer el deposito si no hace una cuenta aparte y me esta negando el paso a mi casa. ¿Que elementos puedo utilizar para poder defenderme? Ya hicimos una reunión pidiéndole cuentas y no se presentó, estamos convocando a una segunda reunión en la que la cambiaremos por otro presidente, pero en el inter me está fastidiando. Ella es abogada y utiliza la ley y los artículos a su favor. ¿Ella puede tomar esas atribuciones de negarme el paso a mi casa? Muchas gracias me urge respuesta!!!!!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 394260

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    maria0425:

    Acuda con el agente del Ministerio Público que corresponda a su domicilio e inicie una carpeta de investigación por los delitos de despojo, ejercicio ilegal del propio derecho y particularmente el de fraude, , siendo que todos los delitos están agravados por el hecho de que la administradora es abogada.

    El despojo ó el ejercicio ilegal del propio derecho se configura con la conducta de que le impide acceder a su casa, y el de fraude y el de fraude fiscal, porque se ha apropiado de las cuotas poniéndolas en una cuenta personal de la que, desde luego, omite pagar los respectivos impuestos como ingresos propios.

    Y como dicha administradora es abogada, le es imposible alegar que nunca ha violado la ley porque la conoce perfectamente como consecuencia de sus estudios profesionales.

    En otras palabras, el hecho de que sea abogada en lugar de beneficiar a la administradora la perjudica todavía más.



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