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PETICION CONSTITUCIONAL A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

  • Consulta : 282520
  • Autor : dwendeorjo
  • Publicado : Sábado 06 de Mayo de 2017 17:17 desde la IP: 189.213.63.112
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,134
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  • Autor
    Consulta

  • dwendeorjo
    USUARIO REGISTRADO

    solicito asesoria al llamar a la suprema corte de justicia el personal me cuelga el telefono y evita dar todo tipo de atencion o asesoria digamos que tengo un conflicto con el gobierno y por mi seguridad solicito la intervencion de la suprema corte de justicia alguien me puede ayudar .. cual es la manera correcta de hacer una peticion constititucional es valida en un email ? como se lleva un caso a la suprema corte de justicia

     

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  • Autor
    Respuesta No: 394123

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mi estimado consultante dwendeorjo:

    Hágale llegar con fundamento en el articulo octavo constitucional, un escrito con su petición acompañada con los medios de convicción que Usted estime pertinentes, a la Suprema Corte de Justicia, quien le va a tener que contestar en forma debidamente fundada y motivada su inquietud.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



  • Autor
    Respuesta No: 394132

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Saludos Sr. Licenciado Rosen un señoron en toda la extension de la palabra; al forista le comento algo que no debe olvidar es hacerse asesorar de un abogado de preferencia habil en el Amparo, quien debe darle su punto de vista ante sus inquietudes, sobre todo porque no debe olvidar cuales son las causas y motivos que generan el despliegue de las facultades de la SCJN, incluso las excepcionales conocidas como facultades de atraccion; ahora bien si su peticion esta fuera de esos rubros, solo le daran un mero tramite a su peticion...suerte. LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail. Cel. 55 43442775, asesoria sin costo por medio de Whatsapp.



  • Autor
    Respuesta No: 394133

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Saludos Sr. Licenciado Rosen un señoron en toda la extension de la palabra; al forista le comento algo que no debe olvidar es hacerse asesorar de un abogado de preferencia habil en el Amparo, quien debe darle su punto de vista ante sus inquietudes, sobre todo porque no debe olvidar cuales son las causas y motivos que generan el despliegue de las facultades de la SCJN, incluso las excepcionales conocidas como facultades de atraccion; ahora bien si su peticion esta fuera de esos rubros, solo le daran un mero tramite a su peticion...suerte. LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail. Cel. 55 43442775, asesoria sin costo por medio de Whatsapp.



  • Autor
    Respuesta No: 394136

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante: “digamos que tengo un conflicto con el gobierno y por mi seguridad solicito la intervención de la suprema corte de justicia alguien me puede ayudar” Falta información, yo quiero suponer que usted como gobernado, que tiene derecho a que la SCJN como su garante por adjudicación que es de usted, en términos de las reformas del año 2011 en materia de derechos humanos, necesita su valiosa intervención. por lo que si usted expone claramente el problema con gusto en el foro lo podemos ayudar. En caso de que guste amplié mi comentario quedo a sus órdenes en tuamigoabogado arro ba .co m . mx o al whatsapp 55 49 87 21 73



  • Autor
    Respuesta No: 394137

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante: “digamos que tengo un conflicto con el gobierno y por mi seguridad solicito la intervención de la suprema corte de justicia alguien me puede ayudar” Falta información, yo quiero suponer que usted como gobernado, que tiene derecho a que la SCJN como su garante por adjudicación que es de usted, en términos de las reformas del año 2011 en materia de derechos humanos, necesita su valiosa intervención. por lo que si usted expone claramente el problema con gusto en el foro lo podemos ayudar. En caso de que guste amplié mi comentario quedo a sus órdenes en tuamigoabogado arro ba . yah oo co m . mx o al whatsapp 55 49 87 21 73



  • Autor
    Respuesta No: 394140

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic. Estrada:

    Igual opinión tengo de Usted, y ahí la llevamos en el asunto de Veracruz.

    Un Abrazo y mi agradecimiento por su invaluable apoyo.





  • Autor
    Respuesta No: 394170

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    dwendeorjo:

    Rosen:

    Lic. Estrada:

    Cualquiera sabe que todos los jueces y tribunales tienen prohibición para asesorar a los particulares porque su función es resolver los litigios y, en su caso, la asesoría podrá corresponder a las comisiones de derechos humanos.

    Es perfectamente lógico que una institución como la de los tribunales debe evitar asesorar a un particular, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación es el máximo tribunal de México, porque si lo asesorara entonces ya quedaría impedida para conocer del juicio de amparo cuando el particular lo promueva, circunstancia que se encuentra prevista dentro de las causales de recusación.

    Así las cosas, le amonesto y regaño por esas opiniones tan antiprofesionales que han emitido para contestar al consultante, porque si éste es ignorante y falto de lógica, los señores Rosen y Lic. Estrada debieron aplicar la lógica general y especialmente la lógica jurídica para ver que la Suprema Corte de Justicia de la Nación nunca podrá asesorar al consultante, quien demuestra total ignorancia del derecho al ostentarse como un desconocedor de la existencia de la institución del juicio de amparo, no obstante que debió de conocerla cuando cursó la asignatura de "Civismo" en la escuela secundaria, y ustedes (Rosen y Lic. Estrada) están peor, porque son peritos en derecho.



  • Autor
    Respuesta No: 394172

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Ciertamente tiene razón el Lic. Magister Curiae, toda ves que el consultante pide la atención/asesoría de parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de un conflicto con el Gobierno, dicha asesoría que pide el consultante pudiera ser relativa a violación de derechos humanos debido que se trata de una autoridad como es el caso al señalar Gobierno (sin especificar concretamente) siendo competente en este caso la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 394173

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic. Magister y Lic AdvocatusRectus:

    Con el gusto de saludarles, me voy a permitir dar mi postura.

    El consultante en su narrativa dice:

    “””-solicito asesoria al llamar a la suprema corte de justicia el personal me cuelga el telefono y evita dar todo tipo de atencion o asesoria digamos que tengo un conflicto con el gobierno y por mi seguridad solicito la intervencion de la suprema corte de justicia alguien me puede ayudar .. cual es la manera correcta de hacer una peticion constititucional es valida en un email ? como se lleva un caso a la suprema corte de justicia-“””

    Ahora bien, de lo supratranscrito, claramente se desprende que aún y cuando la escritura resulta a todas luces que adolece de un orden, comas, etc etc etc, se dice que “---solicito asesoría al llamar a la suprema……..-“”” LA SOLICITUD DE ASESORÍA SEÑORES ES A ESTE FORO, NO A LA SCJN. Esto tan es así que, después detalla el consultante que: “””-al llamar a la suprema corte de justicia el personal me cuelga el telefono y evita dar todo tipo de atencion o asesoria digamos que tengo un conflicto con el gobierno y por mi seguridad solicito la intervencion de la suprema corte de justicia alguien me puede ayudar-“””.

    Lo anterior todavía cobra mayor certeza, al ver cual es la solicitud del consultante que requiere saber “””-cual es la manera correcta de hacer una petición constititucional es valida en un email ? (una vez más, la separación en el texto por falta de puntuación, comas etc etc, de las ideas del consultante es muy clara) como se lleva un caso a la suprema corte de justicia-“”” y la respuesta correcta es que: “””-Hágale llegar con fundamento en el articulo octavo constitucional, un escrito con su petición acompañada con los medios de convicción que Usted estime pertinentes, a la Suprema Corte de Justicia, quien le va a tener que contestar en forma debidamente fundada y motivada su inquietud.-“””

    Resulta muy claro que el consultante no separa en su texto el sentido de lo que dice, pero de que es muy evidente que solicita asesoría de este Foro, y no a la SCJN, eso no cabe la menor duda.

    Por lo anterior, nada que ver con que: “””-la Suprema Corte de Justicia de la Nación nunca podrá asesorar al consultante-“”” y mucho menos: “””-que el consultante pide la atención/asesoría de parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de un conflicto con el Gobierno,-“””, eso ya tendrá que ver con el fondo de la petición que el consultante omitió en su consulta.

    Ante estas condiciones la verdad sea dicha, veo difícil que algún día ganen un amparo. La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha dicho repetidamente que los jueces de amparo deben de estudiar integralmente la demanda para advertir de la manera más precisa posible qué es lo que el quejoso reclama, y en este caso, que es lo que el consultante requiere saber como apoyo para resolver sus dudas.

    SALUDOS A TODOS



  • Autor
    Respuesta No: 394174

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado Rosen, le saludo cordialmente, pero no concuerdo con Usted, ya que el consultante claramente señala que " al llamar a la Suprema Corte de Justicia el personal me cuelga el teléfono y evita dar todo tipo de atención o asesoría", cosa que el personal de la SCJN no debe hacer, ya que al menos se debe tomar la molestia para decir el motivo por el cual no le puede brindar el apoyo que requiere. Pero.... con justa razón deben hacerlo si es el que consultante es insistente, ademas de que ya le hayan explicado por que se abstienen en asesorarlo. El consultante continua diciendo: "tengo un conflicto con el gobierno y por mi seguridad solicito la intervencion de la suprema corte de justicia alguien me puede ayudar..." No puede solicitar la intervención de la SCJN para solucionar un conflicto, a menos que sea por medio de una Demanda de Amparo Directo e Indirecto. Lo cierto es que si puede hacer una petición por escrito a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aun pidiendo una asesoría de en un conflicto de intereses, como lo señala Usted, en base al Art. 8 Constitucional, pero está, por sus atribuciones, es imparcial. Respecto a las comas que me indica Usted, no cambian el sentido de lo que da a entender el consultante. A mi parecer falto información por parte del consultante que omitió decir, esto para no especular en el tema y se le pudiera orientar con mas presicion. Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 394177

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Rosen:

    si ponemos las comas para separar las oraciones completas que aparecen en el escrito de la consulta, tendremos lo siguiente:

    "…solicito asesoria, al llamar a la suprema corte de justicia el personal me cuelga el telefono y evita dar todo tipo de atencion o asesoria, digamos que tengo un conflicto con el gobierno y por mi seguridad solicito la intervencion de la suprema corte de justicia, alguien me puede ayudar .. cual es la manera correcta de hacer una peticion constititucional es valida en un email ? como se lleva un caso a la suprema corte de justicia…" (SIC)

    Continuando con el ejercicio propuesto, destacamos las frincipalwes oraciones mediante la opción de escribirlas con letras mayúsculas para quedar como sigue:

    "…solicito asesoria, AL LLAMAR A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA EL PERSONAL ME CUELGA EL TELEFONO Y EVITA DAR TODO TIPO DE ATENCION O ASESORIA, digamos que TENGO UN CONFLICTO CON EL GOBIERNO Y POR MI SEGURIDAD SOLICITO LA INTERVENCION DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, alguien me puede ayudar .. es valida en un email ? como se lleva un caso a la suprema corte de justicia…"

    Luego entonces, se destaca que el(la) consultante sucintamente manifestó que:

    "… AL LLAMAR A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA EL PERSONAL ME CUELGA EL TELEFONO Y EVITA DAR TODO TIPO DE ATENCION O ASESORIA,…"

    y

    "…TENGO UN CONFLICTO CON EL GOBIERNO Y POR MI SEGURIDAD SOLICITO LA INTERVENCION DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA,…"

    finalizando con que el consultante de manera por demás clara y expresa pide que los foristas de JusticiaMexico le informen acerca de:

    "…CUAL ES LA MANERA CORRECTA DE HACER UNA PETICION CONSTITITUCIONAL…" (SIC)

    Así que es perfectamente entendible que lo que el consultante realizó fue que se dirigió a los participantes de estos foros para que se le ilustre acerca de cómo pedir asesoría a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de esta intención no cabe la menor duda.

    Y como para resolver el problema era pertinente aplicar las reglas de la "Teoría del caso" que s un método imprescindible se ser aplicado en el planteamiento y desarrollo de los juicios orales controversiales de la actualidad jurídica-procesal de nuestra realidad mexicana y la global en el resto del mundo, debemos concluir que nuestro colega Rosen está pésimamente preparado o mejor dicho está carente de la adecuada preparación para enfrentar el reto de este nuevo tipo de procesos orales que ya se están generando en toda la República Mexicana, y en todas las ramas del derecho.

    Buenas tardes.



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