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JORNADA DE TRABAJO

  • Consulta : 282188
  • Autor : rojoferr
  • Publicado : Jueves 09 de Marzo de 2017 10:59 desde la IP: 189.160.52.74
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,140
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  • Autor
    Consulta

  • rojoferr
    USUARIO REGISTRADO

    Hola, tengo 17 años trabajando en esta empresa en la cual firme contrato por una jornada de trabajo de lunes a viernes de 830 a 630 con una hora de comida, ahora quieren que entre a trabajar de 800 a 630 con una hora de comida por que argumenta el contador que deben ser 48 horas por ley, en la PROFEDET me dieron la razón por que en el contrato se acordó la jornada de trabajo, pero el contador no cede, me pueden decir que aplica en estos casos?, gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 393583

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    de 8.30 a 6.30... son 10 horas de trabajo... no se descuenta la hora de comida.... es parte de la jornada... porque sales de comer y regresas a trabajar... y por ende ... es un solo turno... de 8 horas... mas dos extraordinarias... se te paga así?... y si es de lunes a viernes ... es de 50 horas... lo que dice que .... trabajas 10 horas en exceso de la jornada de trabajo... las 9 nueve primeras al doble y la hora restantes al triple, de conformidad con el texto de la ley que rige a la materia laboral...y todas se acumulan... y puedes pedir que se te paguen... aun cuando tu contrato diga que trabajas diez horas en un turno... tu siempre trabajas dos horas en exceso... de acuerdo a la ley... y son 48 ... si es de lunes a sabado... y no de lunes a viernes... abusado...



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