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NO ME PAGAN EL DINERO QUE PRESTÉ!!!

  • Consulta : 282142
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Jueves 02 de Marzo de 2017 09:52 desde la IP: 189.154.47.169
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,148
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León
    Buenos Días!! Un conocido me debe la cantidad de 90,000 ya contando los intereses pactados y tengo en mi poder un pagaré firmado que venció en diciembre del 2016. Mi pregunta es, que posibilidad tengo de ganar un juicio para que el deudor me pague?, si lo único que tiene a su nombre es la casa donde vive actualmente y está hipotecada. Se le puede embargar su casa aunque la esté pagando actualmente? Muchas gracias por la asesoría que puedan brindarme. Atte: Angel Mendoza

     

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  • Autor
    Respuesta No: 393440

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si... si se puede embargar la casa... pero... en el remate judicial... se paga en el orden de importancia... primero la hipoteca... y si sobra... lo que te corresponde....mas los gastos que esto genere... tu abogado especialista en derecho mercantil... sabe que hacer... y la unica recomendación que te hago... no seas chismoso.... deja trabajar al abogado... porque luego lo contratan a uno y van diario a ver al deudor... para avisarle que ya tienen abogado y que ahora van a tener que pagar con intereses y gastos... y cuando uno llega... ya vendieron sus cosas o las cambiaron de lugar... deja trabajar a tu abogado... y fi firmas un endoso del documento... este debe ser en PROCURACION PARA SU COBRO... no en PROPIEDAD... y guarda una copia de tu documento y pide datos de juzgado y numero de expediente... si se niega a darteleos... dile que lo quieres revocar y que te regrese tu documento...



  • Autor
    Respuesta No: 393441

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenos días.

    Efectivamente, como lo menciona el lic. Garovalo, si puedes embargarle su casa y esta se inscribe en el Registro Publico de la Propiedad… Cuando existe un titulo de crédito es muy difícil perder ese tipo de juicio y el único problema es que el deudor tenga bienes suficientes para pagarlo.

    Por lo que al momento de sacar a remate la casa, como está inscrita una hipoteca debes notificar al otro acreedor del embargo y del estado de remate para que a través de una tercería excluyente de preferencia haga valer sus derechos. Si no lo hiciera, puedes sacar a remate la casa y con lo que se pague cobrarte.

    A fin de cuentas lo que te queda es arriesgarte a ver si con el valor de la casa y al precio que se llegue a vender, se puede pagar a ambos acreedores... Lo que si, es que sigas los consejos de tu abogado (Como lo menciona Garovalo) y lo dejes trabajar.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”





  • Autor
    Respuesta No: 393529

  • alfonsobravoman
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buena tarde, Ángel. Le comento que los títulos de crédito, como el pagaré que menciona (si cumple con los requisitos legales), traen aparejada ejecución; esto es, usted puede embargar si no le han pagado como acordaron. No obstante, si lo único que tiene esta persona es un inmueble hipotecado, este podría ser embargado por usted. Se seguiría un orden de prelación para el caso de remate. Quedo a sus atentas órdenes en la dirección electrónica y teléfono que encontrará al final de este mensaje. Licenciado Alfonso Bravo Teléfono de oficina: (55) 28816826 alfonsobravoman



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