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REIVINDICATORIA O MEDIOS

  • Consulta : 282130
  • Autor : arturoroelmm_NR
  • Publicado : Martes 28 de Febrero de 2017 23:58 desde la IP: 189.153.57.62
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,140
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  • Autor
    Consulta

  • arturoroelmm_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León
    hola,soy propietario terreno baldío, el vecino puso una cerca que une a los dos predios , lo demande pero mi escritura estaba mal y el juez sentencio que yo no demostré la ubicación física, eso fue hace 13 años ,,, las escrituras las corregí, el terreno sigue baldío, no tiene ninguna mejora y el vecino no habita el terreno de el solo tiene serados con puas los dos,,,,, que puedo hacer , no lo he podido denunciar porque alega que tiene un contrato de comodato de una tercera persona que desconozco,,, si vendo la propiedad que riesgo corre el comprador me dicen que medios preparatorios me dicen que reivindicatorio soy el propietario registrado libre de gravamen y pagos de catastro y el terreno sigue baldío, alguien que me ayude

     

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  • Autor
    Respuesta No: 393435

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    pero dejaste que pasaran mas de cinco años... y no hiciste nada.... real... material y juridico... si lo vuelves a demandar... dira que tiene en posesión el terreno hace mas de 5 años... por lo que pide la prescripción del mismo.... y esa acción es preferente a la tuya.... y perderas el terreno... debiste invadir el terrero DE TU PROPIEDAD... y esperar que te demandaran... ahora... te acusarian de despojo...



  • Autor
    Respuesta No: 393443

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenos días.

    Contrario a lo que manifiesta el lic. Garovalo, el señor no se vuelve dueño del terreno porque su posesión no es a titulo de dueño (El vecino acepto que su posesión deriva de un comodato y esa jamás prescribe) y en cambio si tu tienes una escritura, donde se establece de donde a donde te pertenece, cualquier construcción hecha a la misma es de tu propiedad.

    Es decir, basándonos en que tienes una escritura ante notario publico e inscrita en el Registro Publico de la Propiedad y del Comercio, donde se establece que tu casa es de (Por decir) 150 m2 de superficie y tiene 10 metro de ancho y 15 de largo... todo lo que se construya en la misma pertenece al dueño o sea a ti.

    El Código Civil de Nuevo León establece:.

    ARTICULO 892.- Todo lo que se une o se incorpore a una cosa, lo edificado, plantado y sembrado, y lo reparado o mejorado en terreno o finca de propiedad ajena, pertenece al dueño del terreno o finca, con sujeción a lo que se dispone en los artículos siguientes:.

    Aquí quizás pueda exigirse una indemnización para el dueño del material porque permitiste o no manifestaste nada cuando se construyo sobre tu inmueble, pero si es tu propiedad, puedes tirar esa cerca.

    Ahora lo que no nos queda claro, es que si tú presentaste una demanda y el Juez declaró que no acreditaste los límites de tu propiedad, ¿cómo fue que mejoraste esa escritura?

    Pues si en lugar de escritura, tienes un contrato privado de compraventa, antes que pensar en tirar una cerca, debes arreglar esos papeles y obtener tu escritura.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”



  • Autor
    Respuesta No: 393522

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no lo he podido denunciar porque alega que tiene un contrato de comodato de una tercera persona que desconozco,,, ................................................lo que implica que el consultante ...cree... no sabe a ciencia cierta... no es un contrato entre el consultante y el invasor... no esta inscrito en el registro publico...pero.... tiene la posesion... y puede decir que tiene mas de 10 años... y con cinco le prescribe...



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