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MI NUERA ME QUIERE DEJAR A MIS NIETOS

  • Consulta : 282009
  • Autor : ingmorenomoreno_NR
  • Publicado : Miércoles 08 de Febrero de 2017 15:14 desde la IP: 187.176.73.121
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,133
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  • Autor
    Consulta

  • ingmorenomoreno_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Buenas tardes quisiera ver si me pueden asesorar con lo siguente: tengo dos nietas de 8 y 10 años, su papa que es mi hijo se encuentra pagando una condena de 50 años, por lo que no creo que llegue a salir de la cárcel algún dia, su mama mi nuera hace 5 años cuando paso lo de mi hijo me vino a dejar a mis nietas, las cuales tenían entre 3 y 5 años para que yo me hiciera cargo de ellas, a los 6 meses regreso y me las quito, a pesar de que le dije que me las dejara que yo me haría cargo de ellas, se las llevo y un pe mas de ellas durante cinco años, hace unos mese volvió aparecer y me permitió ver a mis nietas, ella ya tiene otros 3 hijos mas y también una pareja, he salido a pasear con mis nietas y me han contado que la pareja de su mama les pega mucho a ellas y a otra de sus hermana que no es hija de el, mis nietas no van a la escuela, hace una semana me hablo mi nuera para decirme que me las quería dar por que ella no puedo con ellas y además tiene muchos problemas con su pareja, le dije que si, que yo me hacia cargo de ellas para que estudien y puedan estar bien, mas no se como hacerle por que tengo la incertidumbre de que me las deje y después haga lo mismo de regresar por ellas, mis nietas me han dicho que ya no quieren estar con su mama por que las maltratan mucho, dicen que el señor hasta las amarra cuando se portan mal, me da mucho coraje, yo no quiero tener problemas con ese señor por que al parecer se dedica al narcomenudeo, lo único que deseo es que mis nietas se queden a vivir conmigo y que su mama me ceda la patria de ellas o algo así, cuento con el apoyo de mis esposo, el cual ya se retiro de trabajar y tiene su pensión, la cual nos alcanza para nosotros y ellas, mis hijas ya están grandes y se valen por ellos mismos, aclaro el no es el abuelo de ellas pero esta de acuerdo en lo que quiero hacer

     

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  • Autor
    Respuesta No: 393178

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Una vez que le deje a las niñas, usted deberá ser asesorada de un abogado especialista en derecho familiar, para que de inmediato de aboque a obtener en su favor la guarda y custodia, y después la pérdida de la patria potestad de los padres y el otorgamiento en su favor, y así ni aunque la madre vuelva luego se las quita. Lo primero que han de hacer es el mismo día que lleguen a su domicilio las menores, ir ante el ministerio público más cercano o juez cívico y pedir una fe de hechos manifestando que desde ese día vivirán con usted y estarán bajo su cuidado.



  • Autor
    Respuesta No: 393190

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no.... busca un abogado especialista en derecho familiar... y que promueva un juicio de adopcion simple... esto es... tu las adoptas y tu nuera esta de acuerdo y tu hijo esta de acuerdo... el juez dicta y ordena la anotación en las actas de nacimiento y tu eres a partir de ese momento quien esta encaragada de las menores... la patria potestad.... no se cede...dona... vende... renta....permuta... cambia o.... PIERDE...tu abogado te explica y te dice los requisitos....



  • Autor
    Respuesta No: 393214

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    DIFERENCIAS Y SIMILITUDES ENTRE ADOPCION SIMPLE Y ADOPCION PLENA. ADOPCION SIMPLE. • Puede adoptar una persona libre de matrimonio, un matrimonio o una pareja en concubinato. • Se permite adoptar mayores de edad e incapaces. • Si el menor tiene más de catorce años se requiere de su autorización. • Es eventualmente revocable e impugnable. • Sólo se extingue la patria potestad. • Permanecen los efectos aunque sobrevengan hijos al adoptante. • No crea ningún vínculo jurídico entre el adoptado y la familia del adoptante • Sólo puede constituirse cuando se conozca a la familia biológica del adoptado ADOPCION PLENA. • Lo realiza un matrimonio o una pareja en concubinato • El adoptado debe ser menor de edad. • Por ser infantes no se requiere de su autorización. • Es irrevocable, con las excepciones que se establecen • Extingue vínculos jurídicos con la familia de origen. • Permanecen los efectos aunque sobrevengan hijos al adoptado. Me parece también que la adopción simple es lo más conveniente.







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