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NULIDAD DE CARTA RESPONSIVA DE COMPRA VENTA DE VEHíCULO

  • Consulta : 281923
  • Autor : jerrynay
  • Publicado : Jueves 26 de Enero de 2017 20:52 desde la IP: 187.204.7.251
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,148
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  • Autor
    Consulta

  • jerrynay
    USUARIO REGISTRADO

    Compré un automóvil firmando una Carta Responsiva dónde el dueño "se deslindaba de descomposturas o defectos del vehículo que al momento de la operación no sean detectados, así como fallas mecánicas posteriores debidas a omisiones del comprador". Pero al llegar a casa y percibir un ruido extraño, consulté a un mecánico quien me dijo que el motor tenía un eminente daño en el motor que lo hacía funcionar, pero que en cualquier momento podría ocasionarme un daño mayor, como desvielarse. De modo que mi pregunta es si puedo demandar la nulidad del convenio, en virtud de que no soy perito en la materia y no me percaté de descomposturas o defectos al momento de comprar. Y tocante a las fallas mecánicas, aún no se presentan porque están ocultas y sería imposible abrir un motor para descubrir si tales se pudieran considerar una "omisión" de mi parte. Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 392997

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante: No hay manera de rescindir la aceptación a la cual se sujeto, ya que firmo y deslindo a su vendedor de toda afectación posterior después de lo convenido entre ambos. Si bien es cierto que Usted no es perito en fallas de vehículos, existen medios de diagnosticar una falla en un vehículo por medio de un scanner o en su caso el visto bueno de uno o mas Mecánicos que a consideración de Usted satisfaga su objetivo. Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 393004

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    claro que puedes demandar la nulidad... pero que la ganes... no... porque firmaste una renuncia ....recibiste en el estado en que se encuentra... y tu firma es la que vale... no es una operacion entre niños chiquitos... tu obligción es checar el bien que compras... la venta es perfecta porque exista la cosa en el mercado...tenga precio... y manifiesten su confomidad....consentimiento y voluntad... con una firma... aunque l cosa no se entregue o no se haya entregado el dinero.... si ya hubo el intercambio... ya no s venta... es compraventa... y ya no hay nada que hacer extrajudicial... pero que ganes... no... no creo...



  • Autor
    Respuesta No: 393028

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es tan sencillo que usted debió llevar el vehículo a su mecánico a checar antes de comprar. Esto a usted le deja una gran ganancia que es la experiencia.



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