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SUCESIóN TESTAMENTARIA

  • Consulta : 281880
  • Autor : fernandoperez_v_NR
  • Publicado : Viernes 20 de Enero de 2017 10:18 desde la IP: 177.233.176.147
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,142
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  • Autor
    Consulta

  • fernandoperez_v_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    HOLA. Vamos iniciar una sucesión testamentaria, somos 4 hermanos, uno de ellos es medio hermano, mi padre lo reconoció, este último nunca ha llevado buena relación con los tres restantes, se le aviso que la posible herencia, pero está en una situación cerrada, el abogado que va a llevar el juicio comento que él no tiene derecho, por el motivo que no Hera hijo de mi padre. El punto es que ya se apuntó y no quiere dar un solo centavo, hay manera de pedir por vía legal que solo le toque la mitad, o en su caso dejarlo fuera. Nosotros tres actuamos bien, pero este tipo no quiere pagar por los servicios del abogado y se cree de sangre azul, como poder pedirle que demuestre que tiene derecho legal de la herencia de mi fam. por parte de mi padre. Saludos este asunto es la ciudad de México. Gracias por su atención.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 392916

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Mi estimado consultante Fernando Pérez:

    Mire, a muy grande rasgos, y sin tocar la personalidad de su aparente hermano, ya que inclusive en su narrativa Usted por un lado dice que: “””-mi padre lo reconoció-“””, y por el otro su abogado asegura que : “””-él no tiene derecho, por el motivo que no Hera hijo de mi padre-“”” (lo que habría necesidad de valorar), me extraña que su abogado no les comente que en caso de necesitar algún dinero, se le puede pedir al Juez la venta de alguna propiedad o del acervo de la herencia. Todo lo anterior en base al manejo obligatorio del albacea, con la autorización de los herederos. Siendo que mas vale que el albacea se ponga a trabajar, ya que si su aparente hermano acredita su personalidad, la puede quitar si incurre en algún mal manejo, o inclusive le puede fincar una responsabilidad. Por lo que su intensión, resultaría inoperante.

    Código Civil para la Ciudad de México

    Artículo 1717. Si para el pago de una deuda u otro gasto urgente, fuere necesario vender algunos bienes, el albacea deberá hacerlo, de acuerdo con los herederos, y si esto no fuere posible, con aprobación judicial.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



  • Autor
    Respuesta No: 392917

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ya tienen abogado... el sabe que hacer... y si les dijo que no le correspondia nada... que se los demuestre con el juicio... dejenlo trabajar...



  • Autor
    Respuesta No: 392929

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu mencionas que es un juicio testamentario, pues bien aunque no fuera tu hermano y ya que tu papa lo designo como heredero este tiene la parte de la herencia que le corresponda según el numero de herederos, ya que el testamento es para DESIGNAR a cualquier persona como heredero, y no se trata de una sucesión legitima, y en cuanto a que no quiere pagar el albacea tiene la facultad de que cuando realice la partición y adjudicación le cobre los gastos



  • Autor
    Respuesta No: 393078

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No quiere pagar qué cosa? Dice usted consultante que "el no quiere dar ni un solo centavo" ustedes pagan los honorarios de su abogado y los gastos que para ustedes representa el asunto, el que haga lo propio y ya... Más bien aquipareciera que su abogado les está inventando gastos por aquí y por allá, y bien puede asegurarse que no sabe nada del proceso que lleva al decirles que aquel sujeto no tiene derecho a la herencia, cuando aunque duela si lo tiene. Cambie de abogado.!



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