Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

DEVOLUCIóN DE RENTA

  • Consulta : 281635
  • Autor : rogeliobp_NR
  • Publicado : Jueves 01 de Diciembre de 2016 01:02 desde la IP: 189.237.124.128
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,147
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • rogeliobp_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tamaulipas
    Que tal, el motivo de mi consulta es el siguiente: Hace unos días renté un departamento a unos muchachos, por cierto no cobre depósito, entonces solo me dieron lo correspondiente a la renta del primer mes, pero unos días después vino la tía de ellos diciéndome que siempre no iban a rentar que se iban a ir a vivir con ella y me pidió que le regresara lo que me habían pagado, pero yo les digo que no les puedo regresar el dinero porque aunque de palabra se celebro el contrato de un mes y si ellos ocupaban o no el departamento ya no se puede regresar el dinero, ni siquiera por los 5 días que estuvieron porque el contrato es mensual. Estoy en lo correcto o debo regresar el dinero y si es así es todo el mes o descuento los días que estuvieron? Agradeciendo de antemano........

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 392340

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    rogeliobp:

    Se entiende que usted dejó de devolver el dinero a la señora que le fue a ver y que posiblemente regrese con sus mismas pretensiones.

    Así que si tal señora regresa para requerirle la devolución de lo pagado, lo primero que usted debe hacer es informarle que ella nunca participo de tal contrato, e inclusive que carece de pruebas de que sea tía de los muchachos y que los pueda representar legalmente, de tal manera que para que usted tenga tratos con ella, primero deberá cumplir el requisito de sus sobrinos le otorguen un poder notarial para que los represente legalmente.

    Pero es el caso de que los contratos de arrendamiento, conforme a la ley, deben celebrarse por un mínimo de un año, por lo que también debe informarle, que cuando la tía ya tenga su poder notarial, tendrá que demandarle la rescisión del contrato verbal de arrendamiento y pagarle a usted todo el año de rentas.

    Si usted sigue mis consejos, ya verá que esa mujer primero se aburre que continúe con el mismo cuento, pero si insiste, usted ya tiene los argumentos que debe usar hasta para el caso de que sea citado por el Ministerio Público o que le demanden en juicio civil.



  • Autor
    Respuesta No: 392352

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los contratos verbales de arrendamiento... dan mas problemas que soluciones... si ellos quieren no se salen y no pagan la renta... y tendras que llevar un juicio tardado... largo y costoso.... por querer pasarte e lista... regresa la lana... y que sea en el momento de la total desocupación del inmueble... y cambia la chapa... inmediatamente... por pasada... te va a salir cola... la lana... solo la puedes entregar a quien te la dio... y para la proxima... celebra un contrato por escrito... da recibo... y guarda copia... y señala en el contrato eso... la renta corre por el solo hecho de pasar un dia... en la propiedad...



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión