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ACCION REIVINDICATORIA

  • Consulta : 281600
  • Autor : libertad81
  • Publicado : Viernes 25 de Noviembre de 2016 18:10 desde la IP: 189.254.225.242
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,187
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  • Autor
    Consulta

  • libertad81
    ABOGADO LABORAL

    Hola buenas tardes, disculpen mi pregunta es en una demanda de acción Reivindicatoria, se demanda un bien inmueble que ya no pertenece al demandado, es decir hace cinco años lo vendió a varias personas, mi pregunta es: ¿es necesario mandar llamar a los nuevos dueños como litisconsortes pasivos necesarios? o solo como terceros interesados?, o simplemente contesto sin hacer mención de los nuevos dueños?, gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 392264

  • Raul Huerta
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Libertad, Puede aclarar su consulta por favor. En un juicio reivindicatorio, el ACTOR, es el propietario del inmueble, quien reclama le restituyan el inmueble que LE PERTENECE. Cómo es que usted señala que el bien materia de la litis, ya no le pertenece al demandado?.............Saludos cordiales.... Raúl Huerta.





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