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INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD NO PROFESIONAL.

  • Consulta : 281576
  • Autor : samamema_NR
  • Publicado : Miércoles 23 de Noviembre de 2016 16:45 desde la IP: 187.142.186.121
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,140
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  • Autor
    Consulta

  • samamema_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán
    Buenas tardes. Mi consulta es la siguiente: trabajador con tres días licencia médica emitida por el imss, por enfermedad no profesional ¿tiene derecho a que el patrón le pague salarios por dichos días? o ¿se los paga el imss?. Gracias anticipadas por su gentil respuesta.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 392227

  • piratx7
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Por enfermedad general como el resfriado común o infecciones leves que por lo general te incapacitan por al menos uno o dos días el imss te expide un justificante para tu trabajo pero esto no cubre tu salario sino que solo te ayuda a justificar tus ausencias y como dice Garovalo el patrón no tiene obligación alguna de pagar cuando no laboras, desafortunadamente es una desventaja para las incapacidades si no son de al menos 3 días para que el imss te pague esos dias



  • Autor
    Respuesta No: 392240

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    mas de tres dias... mas de tres son cuatro... mas de tres son 100... y al cumplir 90 dias... d reiteradas faltas y justificantes... y pago de incapacidades... el imss... puede dar por terminada la relación de trabajo señalar la justificación de una pensión parcial permanente... nunca y por ninguna causa... mayor al 50% del salario con el que se inscribio... y no y nunca por el monto del salario integrado....



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