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INCAPACIDAD TEMPORAL POR ENFERMEDAD NO PROFESIONAL.
- Consulta : 281576
- Autor : samamema_NR
- Publicado : Miércoles 23 de Noviembre de 2016 16:45 desde la IP: 187.142.186.121
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,140
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 23 de Noviembre de 2016
Estado de Referencia: Michoacán
Buenas tardes. Mi consulta es la siguiente: trabajador con tres días licencia médica emitida por el imss, por enfermedad no profesional ¿tiene derecho a que el patrón le pague salarios por dichos días? o ¿se los paga el imss?. Gracias anticipadas por su gentil respuesta. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 392208
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Noviembre de 2016 19:24 2016-11-23 19:24 desde IP: 189.180.233.36
imss.. cuando son mas de tres dias... no antes... y el patron no esta obligado a dar lo que no se trabajo...
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Autor
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AutorRespuesta No: 392227
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Noviembre de 2016 17:16 2016-11-24 17:16 desde IP: 201.151.188.253
Por enfermedad general como el resfriado común o infecciones leves que por lo general te incapacitan por al menos uno o dos días el imss te expide un justificante para tu trabajo pero esto no cubre tu salario sino que solo te ayuda a justificar tus ausencias y como dice Garovalo el patrón no tiene obligación alguna de pagar cuando no laboras, desafortunadamente es una desventaja para las incapacidades si no son de al menos 3 días para que el imss te pague esos dias
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Autor
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AutorRespuesta No: 392240
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Noviembre de 2016 21:11 2016-11-24 21:11 desde IP: 189.180.233.36
mas de tres dias... mas de tres son cuatro... mas de tres son 100... y al cumplir 90 dias... d reiteradas faltas y justificantes... y pago de incapacidades... el imss... puede dar por terminada la relación de trabajo señalar la justificación de una pensión parcial permanente... nunca y por ninguna causa... mayor al 50% del salario con el que se inscribio... y no y nunca por el monto del salario integrado....
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