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PENSION O JUBILACION

  • Consulta : 281558
  • Autor : reymundoherreracruz_NR
  • Publicado : Lunes 21 de Noviembre de 2016 10:24 desde la IP: 189.215.51.233
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,150
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  • Autor
    Consulta

  • reymundoherreracruz_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Yucatán
    Buenos días, Soy empleado municipal con discapacidad por secuelas de polio y estoy a punto de cumplir diez años de servicio en enero del año entrante (2017) y sesenta años de edad en octubre del mismo año. ¿Puedo solicitar mi pension o jubilacion por edad cuando cumpla los sesenta años?. Sé que los trabajadores al servicio del Estado y los Municipios se pensionan o jubilan por años de servicio, treinta años en el caso de los hombres, o media pension por quince años de servicio y haber cumplido 56 años segun la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y los Municipios y las Condiciones Generales de Trabajo. Sin embargo, en la Constitución Política, leí que los trabajadores de la Federación, el Estado y los municipios, se jubilaran por años de servicio, incapacidad o por edad. Agradecería algun comentario.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 392148

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    se jubilaran por años de servicio... 30 años... , incapacidad.... declarada por el imss o el issste y causada por el servicio... o por edad... 65 años... . aqui tu comentario.



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