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REGIMEN DE CONVIVENCIAS

  • Consulta : 281531
  • Autor : Eliezer2201
  • Publicado : Miércoles 16 de Noviembre de 2016 14:32 desde la IP: 189.139.89.14
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,130
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  • Autor
    Consulta

  • Eliezer2201
    USUARIO REGISTRADO

    ESTADO DE MEXICO Buenas tardes. En el año 2014 me divorcie por mutuo consentimiento de mi ahora ex-esposa con la que tuve dos hijos que son menores de edad. En el convenio de divorcio pactamos que ella se quedaba con los niños y yo tendría un régimen de visitas, por lo que los llevaría a mi casa los fines de semana. Para ser breve en ultimas fechas ella ya no me deja ver a los niños diciéndome que ellos no quieren verme; un abogado tramitó un incidente de ejecución de sentencia y el juez ordeno a mi ex esposa informara sobre el cumplimiento del convenio; ella contestó diciendo que los niños me tienen miedo y que yo soy el que no ha ido a ver a los niños aunque si he ido y no me deja verlos. De la contestación que ella dio al incidente el juez unicamente acordó el 24 de octubre de este año que se tenia por desahogado el requerimiento sin resolver nada mas. Mi duda es en referencia a que es lo que sigue o que debo o puedo hacer; el abogado que tenia ya no me ha llamado y este asunto debo resolverlo con urgencia. Agradezco de antemano y espero me puedan dejar numeros telefonicos porque estoy buscando abogado.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 392093

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    Si la señora no cumple el convenio y no permite la entrega de los menores, solicita que la entrega se haga a través del Centro de Convivencias bajo la modalidad convivencias de transito.

    De esa forma se logra que la señora lleve a los menores al Centro y ahí se te entreguen a ti y viceversa, cuando los devuelvas también lo haces a través del Centro de Convivencias.

    Asimismo solicita al Juez que aperciba a la señora que en caso de no acatar ese mandamiento judicial, se decrete la suspensión o perdida de la patria potestad.

    De esa manera, si la señora aun con todo y que se establezca la forma de entrega sigue sin llevar a los menores, puedes promover un juicio de perdida de patria potestad, por desacato a un mandamiento judicial.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”



  • Autor
    Respuesta No: 392097

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tu abogado sabe que hacer.... el juez no tiene facultad de decisión sobre un convenio... solo la obligación de ver cumplir... tu abogado puede pedir una junta de menores... para que ellos... delante del juez... el ministerio publico... el psicologo del tribunal... y el representante del dif... y puedan hablar... y en ese momento les van a preguntar... con quien quieren vivir... si dicen con mi padre... en ese momento cambia la guarda y custodia y se te entregan... en ese momento... tu abogado sabe que hacer... el no tiene porque hablarte... tu eres el que debe buscarlo...



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