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PENSIóN ALIMENTICIA A EX CóNYUGE
- Consulta : 281522
- Autor : LauCamacho
- Publicado : Martes 15 de Noviembre de 2016 17:58 desde la IP: 187.227.126.146
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,139
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 15 de Noviembre de 2016
Hola. Mi hermano estuvo casado dos años y medio y procreó un hijo. Su entonces esposa fue quien se fue de casa. No se han divorciado sin embargo paga el departamento donde ella vive y el kinder del niño (tiene 3 años). Ella tiene su propio trabajo. Cuanto tiempo tiene que seguir dándole dinero a ella? El niño pasa está con el de viernes a domingo y quiere también poder tenerlo más días entre semana. Mi duda es: Si él tiene al niño la mitad del tiempo, tiene que seguir dándole dinero a ella, no obstante ella tiene un ingreso?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 392077
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Fecha de respuesta: Martes 15 de Noviembre de 2016 23:11 2016-11-15 23:11 desde IP: 189.216.197.167
Buenas noches.
Disculpa, pero no mencionas si existe una sentencia que haya decretado el pago de alimentos a la esposa e hijo.
Si existe sentencia, el está obligado a pagar los alimentos hasta que no promueva un incidente de cancelación de pensión alimenticia, alegando que la señora trabaja y que lo que gana es suficiente para sostenerse.
Respecto de que el señor quiere ver más a su hijo, debe tramitar un incidente de régimen de visitas si es que no lo tiene o pedir su modificación en caso de que haya sentencia, para ver si el Juez autoriza que lo vea entre semana y la señora se opone.
Por ultimo, el hecho de que el señor vea a su hijo entre semana, no lo libera de pagar menos alimentos, porque el Juez es quien los decreta y así se deben pagar a menos que pida una reducción.
“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
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Autor
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AutorRespuesta No: 392085
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Noviembre de 2016 11:03 2016-11-16 11:03 desde IP: 187.227.126.146
Aún no ha tramitado el divorcio. Ella se fue a vivir por separado con el niño pero están en "buenos términos". Lo que a la familia no nos parece justo es que él prácticamente está manteniendo dos casas, en la que vive y ahora la casa de su ex. Nuestra duda es: Por Ley tiene que seguir manteniendo a la señora (no obstante ella trabaje)? Se puede que cada quien aporte para el niño? O sea, que pague cada uno mitad de colegiatura, mitad de medicinas, etc. Pero que cada quien tenga su propia vivienda. Me parece un abuso... pues.
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Autor
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AutorRespuesta No: 392087
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Noviembre de 2016 11:41 2016-11-16 11:41 desde IP: 189.216.197.167
Buenos días.
Si no existe una resolución judicial, él puede dar la cantidad de dinero que quiera y si en llegado momento comienza un pleito judicial, será el Juez quien determine el monto de lo que debe dar.
No obstante lo anterior, es bueno que él se haga responsable de ambas casas, aunque no viva ahí, pues al final lo que proporciona es para beneficio de su hijo y hay padres que son así, dan más por ellos… Sería peor que el sólo diera lo indispensable, porque la calidad de su hijo se vería mermada.
“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
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Autor
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AutorRespuesta No: 392102
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Noviembre de 2016 10:02 2016-11-17 10:02 desde IP: 189.180.233.36
Si él tiene al niño la mitad del tiempo, tiene que seguir dándole dinero a ella, no obstante ella tiene un ingreso?... si no es un perro... y estan casados... tiene que darle dinero... por todo el tiempo que sea menor de edad el niño.... o... si se divorcian... lo que diga la sentencia... y esa es decision de EL... no de la familia...
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AutorRespuesta No: 392108
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Noviembre de 2016 12:28 2016-11-17 12:28 desde IP: 189.146.170.161
ES MENESTER SEGUIR UN JUICIO PARA PROMOVER LA GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA. CONSULTENOS. -101. COLONIA ROMA NORTE. TELEFONO . CINCUENTA Y CINCO CATORCE SETENTA Y OCHO NOVENTA Y SIETE. CEL. . CINCUENTA Y CINCO VEINTIDOS CINCUENTA Y DOS EINTINUEVE CUARENTA Y NUEVE,
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AutorRespuesta No: 392109
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Noviembre de 2016 12:28 2016-11-17 12:28 desde IP: 189.146.170.161
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