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NULIDAD DE DONACION

  • Consulta : 281518
  • Autor : licpablob_NR
  • Publicado : Martes 15 de Noviembre de 2016 16:14 desde la IP: 201.134.103.135
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,132
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  • Autor
    Consulta

  • licpablob_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Guanajuato
    En una sentencia ejcutoria en los resolutivos dice textualmente "no ha lugar ha declarar la nulidad de la donación de la escritura tal ........... ya que es el antecedente de la que se otorgó. Necesito saber que debo hacer a efecto de que la primer escritura, es decir la que no se declaró nula quede sin efectos y en su lugar quede registrada la que que se otorgó, lo anterior para poder inscribir esta última en el registro público de la propiedad.

     

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