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SOLICITUD DE COPIA DE CARPETA DE INVESTIGACIóN
- Consulta : 281439
- Autor : olyssmartinez19_NR
- Publicado : Lunes 07 de Noviembre de 2016 08:22 desde la IP: 189.233.205.101
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,174
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 07 de Noviembre de 2016
Estado de Referencia: Estado de México
Buenos días solicito copia de carpeta de investigación en virtud de radicar en Acapulco, Gro, el numero de carpeta es: ECA/ECA/EC1/034/079650/16/10 de fecha 15 de octubre del presente año agradecere y me informen a donde debo depositar por el costo de las copias certificadas, quedo de ustedes Olivia Martinez Resendiz -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 391846
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Noviembre de 2016 09:11 2016-11-07 09:11 desde IP: 189.180.198.113
se paga en el sitio de la carpeta... en forma directa... no es por control remoto... y tampoco te las mandan...
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Autor
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AutorRespuesta No: 391856
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Noviembre de 2016 11:50 2016-11-07 11:50 desde IP: 187.193.95.90
A ver consultante...que usted no sabe que si estamos en materia penal existe un principio de sigilo? Que absolutamente a nadie que no sea el PR o su abogado le permitirán acceso? Bueno es más....no necesita ser materia penal....hasta en la civil se da eso. A caso podría yo decirle a usted que requiero copias certificadas del expediente 345/2016 del juzgado cuarto de Acapulco y cualquier persona podrá ir a solicitarlas para que me fueren enviadas? O peor aún imaginar que existe un cajero automático virtual donde depositó el dinero y éste se encargará de enviármelas a mi domicilio? Woaw
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Autor
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AutorRespuesta No: 391876
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Noviembre de 2016 14:29 2016-11-07 14:29 desde IP: 189.180.198.113
en principio... joven ULLOA... tienes razón... pero de que se pueden pedir... por parte de quien es PARTE de la carpeta... sea ofendido o problable... si se puede... ello se funda en el artículo 8 de la Constitución .....109 fraccion XXII del CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES NACIONAL y 12 fracciones IX y XII de la Ley General de Victimas... pero es por escrito... y se pagan en el lugar o sitio de la carpeta de investigación... y solo se entregan y autorizan... o al reves... a quien es parte... y no y nunca...a quien no lo es... y no y nunca... se pagan y se remiten a otro estado por parte de la autoridad... no se si se entendió-... no se si me di a entender...
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Autor
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AutorRespuesta No: 391881
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Noviembre de 2016 14:48 2016-11-07 14:48 desde IP: 187.193.95.90
A ver mega joven Garovalo.... Pues te recuerdo que en edad estamos casi igual. No sé si mi escrito no quedó claro o lo interpretaste mal...dije que solo el PR o su abogado ( deduzco y doy por reproducido que si sabes que es PR) Según tu participación señala que con fundamento al artículo 8 de la constitución (derecho de petición) 109 del Código de Procedimientos penales ...cuyo nombre completo y correcto es Código Nacional de Procedimientos penales y no código de procedimientos penales nacional como equivocadamente lo adviertes y que dicho sea de paso es UN PROYECTO ....y el articulo 12 de la ley de víctima a que habla de los derechos de la víctima y que en la fracción IX habla de que se le ministren COPIAS SIMPLES (te recuerdo que el consultante pide copias certificadas y que jamás ha dicho ser el LA VÍCTIMA como para que pueda beneficiarle la ley) y la fracción XII que habla que tienen derecho a que se les notifiquen todas las resoluciones ....ÓSEA QUE PEX mi buen Garovalo ...andas perdido o que pasa? 1.- JAMÁS ha dicho el consultante si es coadyubante o PR ...y de no tener esas personalidades NO PUEDE solicitar copias como se lo hizo saber....2.- Tus argumentos son inaplicables pues partes del hecho que el consultante es PR y la fracción XII ni al caso...así que antes de responder necedades mi JOVEN NOVATO Garovalo...será menester que repases el sustento que emitirás aquí para evitar que quemes públicamente ...saludos
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AutorRespuesta No: 391883
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Noviembre de 2016 14:52 2016-11-07 14:52 desde IP: 189.180.198.113
jjajajaja.... saludos..., no hay conflicto... y si ...tienes razon... pero de que las pueden pedir... claro que las pueden pedir... que se las concedan con las necesidades o con las necedades que quieren... es otra cosa... saludos...
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AutorRespuesta No: 391892
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Noviembre de 2016 15:10 2016-11-07 15:10 desde IP: 187.193.95.90
Jajajaja... Eso sí...jajajaj las puede pedir hasta el pollero de la esquina de mi casa...que se las den...ya es otra cosa jajajaj Saludos Garovalo
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