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CUSTODIA

  • Consulta : 281411
  • Autor : paulaflevyy_NR
  • Publicado : Miércoles 02 de Noviembre de 2016 13:52 desde la IP: 187.200.232.80
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,135
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  • Autor
    Consulta

  • paulaflevyy_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal
    Tengo 14 años y vivo con mi papá. Mi mamá murió cuando yo tenía 3 años de edad y mi papá se quedó con mi custodia. Mi problema es que yo NO quiero vivir con mi papá, estaba pensando en irme a vivir con mi abuela o mi hermana, pero creo que para estoy mi papá tendría que ceder la custodia. No se que acciones legales se pueden tomar para irme con ellas y no se desde que edad tengo poder sobre mi custodia, me gustaría saber qué se puede hacer en este caso. Gracia. PD: Hablé de esto con mi papá y no piensa ceder la custodia ni dejarme vivir con ellas.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 391789

  • LIC.JORGERAMFLOW
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo que verdaderamente te conviene, es dejar de hacer berrinches, ponerte a estudiar, hacer tus labores domesticas, ayudar a tu padre en lo que puedas y quedarte con él, no expones una sola razon digna de fe del porque te quieres ir, por ello, seguramente ha de ser un berrinche propio de tu edad.



  • Autor
    Respuesta No: 391790

  • OMEGA 2013
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    NO ES UNA CESION DE DERECHOS. MAS BIEN SU MAMA O ABUELA TENDRIAN QUE DEMANDAR LA CUSTODIA DE USTED ANTE UN JUEZ DE LO FAMILIAR. CONSULTENOS DIRECTAMENTE. OMEGA SERVICIOS JURIDICOS PROFESIONALES. -101. COLONIA ROMA NORTE. TELEFONO CINCUENTA Y CINCO CATORCE STENTA Y OCHO NOVENTA Y SIETE. CELULAR CINCUENTA Y CINCO VEINTIDOS CINCUENTA Y DOS VEINTINUEVE CUARENTA Y NUEVE CONSULTAS PREVIA CITA. LIC. MARCO ANTONIO VEGA.



  • Autor
    Respuesta No: 391792

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante: Con la información proporcionada le comento la patria potestad en palabras sencillas, es considerado como el conjunto de derechos y obligaciones que la ley otorga a los padres sobre aquellos hijos menores no emancipados o que se encuentren incapacitados, Su objetivo es tutelar el sostenimiento y educación de los hijos, es decir a tu padre la ley le impone ser tu garante y bajo el interés superior del menor debe velar por ti incondicionalmente. Por lo que exclusivamente te fundas en que no es de tu agrado por lo que puedes intentar conciliar con tu padre y que de mutuo acuerdo convengas el estar con tu abuelita En caso de que gustes te amplié la consulta quedo a tus ordenes en w w w. abogadoasesoria. c om. m x tuamogoabogado aroba ya hoo .c om. m x



  • Autor
    Respuesta No: 391793

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tengo 14 años ....no se desde que edad tengo poder sobre mi custodia.... CUANDO TENGAS 18 AÑOS... podras hacer lo que quieras... por lo pronto... eres responsabilidad de tu padre... que se ve que si le interesas... y tengas la edad que tengas... no estas en posibilidad de pedir nada...



  • Autor
    Respuesta No: 391794

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido(a) Consultante: Con la información proporcionada le comento la patria potestad en palabras sencillas, es considerado como el conjunto de derechos y obligaciones que la ley otorga a los padres sobre aquellos hijos menores no emancipados o que se encuentren incapacitados, Su objetivo es tutelar el sostenimiento y educación de los hijos, es decir a tu padre la ley le impone ser tu garante y bajo el interés superior del menor debe velar por ti incondicionalmente. Por lo que exclusivamente te fundas en que no es de tu agrado por lo que puedes intentar conciliar con tu padre y que de mutuo acuerdo convengas el estar con tu abuelita En caso de que gustes te amplié la consulta quedo a tus ordenes en w w w. abogadoasesoria. c om. m x tuamigoabogado aroba ya hoo .c om. m x



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