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RECLAMO DE PAGO DE SINIESTRO EN SGMM

  • Consulta : 281407
  • Autor : PIRUL
  • Publicado : Martes 01 de Noviembre de 2016 14:52 desde la IP: 187.207.178.29
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,140
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  • Autor
    Consulta

  • PIRUL
    USUARIO REGISTRADO

    Tengo una póliza de SGMM individual, proveniente de una póliza colectiva desde el 2008. Mi esposa beneficiaria de la póliza esta siendo atendida por cáncer de Mama desde que la póliza era colectiva, cuando me separe de la empresa contrate la póliza individual y me dijeron que se respetaban todos los derechos de la póliza. Recientemente mi esposa recayó con el mismo padecimiento y la aseguradora niega mas pagos argumentando que el padecimiento tuvo un tope de $ 1 Millón de Pesos sin embargo, la póliza que he venido renovando menciona que la cobertura es sin límite. Que posibilidades de éxito tendría si demando a la aseguradora vía tribunales el pago de los gastos por el padecimiento?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 391759

  • Raul Huerta
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado Pirul, Antes de emitir cualquier pronósticpo, es necesario que un abogado de tu localidad revise la(s) póliza(s) de seguro, para entonces si podere determinar si hay accion en contra de la aseguradora, ya que habrá leerla de forma integral y revisar todas las condiciones...Saludos cordiales...Raúl Huerta.



  • Autor
    Respuesta No: 391768

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    bien comenta raul huerta....saludos... pero además... la aseguradora... NO PUEDE ASEGURAR A UN ENFERMO... asegura a quien no tiene ninguna enfermedad... que te lo hayan vendido... no lo dudo... que tengan la obligación de pagar.... no... no debe tenerla... ya que estan protegidos por redacción que así lo señala.... para que un seguro proceda... entre el momento de la compra y el momento de pedir el pago de la obligación... deben pasar dos años... pasado ese termino... y estando al corriente en el pago... puedes pedir el cumplimiento de pago... lo que es muy dificil que se de...si no es por convenio y por cuantia menor... acude a conducef... ellos te guian de la mano y te dicen si procede o no... Acuda a CONDUCEF.- COMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS de su localidad, ellos le asesorarán sobre la viabilidad de su asunto.- suerte.- En la página INTERNERT de CONDUCEF.- COMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS encontrará formato e instructivo de como y que debe hacer respecto de su asunto en particular, una vez presentado dicho formato, en un término promedio de diez días hábiles se comunicarán con UD. para informarle de su asunto. Por lo que respecta a documentación que integre su expediente, acompañe usted los mismos que presentó para su reclamación de pago de seguro, guarde copia de todo lo que tenga y anote por separado que envió. (No olvide: Anotar los nombres de las personas que le han atendido desde el momento en que empezó su peregrinar). Hay dos casos que dan origen a la demanda en la CONDUCEF.- COMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS, para reclamar el pago: (1) que a pesar de que usted ya presentó la documentación requerida, no le han resuelto nada y (2) que una vez presentados todos los documentos a la aseguradora, esta al comunicarse con UD. le niegue el pago correspondiente. Asimismo, le recomiendo darle una profunda leída a su póliza de seguro y a la Ley Sobre el Contrato de Seguro.



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