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MI TÍA FALLECIÓ Y ME REGALO SU AUTO, PERO...

  • Consulta : 281348
  • Autor : felipede_jesus2_NR
  • Publicado : Martes 25 de Octubre de 2016 13:35 desde la IP: 187.156.41.216
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,146
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  • Autor
    Consulta

  • felipede_jesus2_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila
    Hola, buen día. Tenía una Tía que falleció hace un mes, ella tenía un automóvil que acababa de comprar en agencia el cual siempre expresó que ese auto era mío y en caso de que ella falleciera el auto pasaría a mi propiedad. Sin embargo, nunca hizo escrito alguno para formalizar legalmente su palabra. Ella no tubo hijos, pero si estaba casada. Como les comento, toda la familia sabía que ese auto sería mio en caso de que ella faltara y estaban de acuerdo con ella. su Esposo se ha quedado con la factura del auto y lo ha registrado a su nombre alegando que estaban casados por bienes mancomunados y todos los bienes de ella pasan a su poder automáticamente. Lo mismo ha hecho con las cuentas bancarias, casas (que mi tía adquirió cuando era soltera) y demás propiedades. En lo que a mi concierne, me gustaría saber si existe alguna manera de recuperar ese bien (auto) que ella en vida declaraba era mío. Agradecería sus respuestas. Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 391682

  • om72
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Solamente tendria Ud la propiedad de este bien si tuviera la factura en su poder firmada por su Tia.



  • Autor
    Respuesta No: 391704

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ¿De dónde sacó Usted que un cónyuge de adjudica los bienes "automáticamente" del cónyuge muerto? Es sólo una leyenda urbanojurídica. Lo que sí es verdad es que Usted no puede reclamar ningún bien de la masa hereditaria por el simple hecho que "de palabrá" le dijeron que le pertenece. Sin embargo también es cierto que los bienes adquiridos antes del matrimonio no forman parte de la sociedad conyugal (salvo pacto en contrario) y por lo tanto deben denunciarse en la sucesión intestamentaria. Luego entonces es falso que el cónyuge supérstite se adjudique los bienes de la de cujus "automáticamente" y por lo tanto, debe denunciar la sucesión intestamentaria para que la masa hereditaria se reparta a los legítimos herederos y que de ninguna manera significa que le pertenece al cónyuge supérstite. Necesita de abogado especialista en la materia pero tenga mucho cuidado con los coyotes que se la viven en este foro de asesoría gratuita publicando datos de contacto en este foro de asesoría gratuita. Cuídate a ti mismo y mucho ojo.



  • Autor
    Respuesta No: 391707

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ayyyy.... el conyuge... sea por sociedad conyugal...o por sepración de bienes... por el solo hecho de ser conyuge... y no habiendo hijos... es el heredero natural....por la figura legal de conyuge superstite... y en este rubro... entran todos los bienes... sean de antes o despues del matrimonio... lo que si es importante... es saber si hubo o no un testamento de por medio... Y CLARO... que a todo mundo le haya dicho que era tu carro... pero no lo documento... no te toca nada... y nada puedes reclamar... digas lo que digas y diga lo que diga tu familia... ya que no hay a quien preguntar... que es en todo caso... tu tia... la dueña del carro...



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