- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
AMPARO CONSEDIDO
- Consulta : 281290
- Autor : Juan Irvine
- Publicado : Martes 18 de Octubre de 2016 18:56 desde la IP: 189.137.233.219
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,148
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 18 de Octubre de 2016
Tratando de ser lo mas breve posible les comento que en el año 2013 fui victima de la delincuencia, siendo el delito, robo de auto con agravante de lesiones físicas y agravante de robo en pandilla, por lo cual las personas que me ocasionaron dicho delito fueron recluidas con una sentencia de 8 años 6 meses y el pago de $66425.32 MN por concepto de resarcir el daño. En 2016 promueven un amparo ante el Tribunal Colegiado de Circuito el cual les concede dicho amparo y se resuelve que se violaron sus derechos en especifico al no tener un abogado presente al momento de ser identificados en la cámara gesell, por lo cual ordena a la tercera sala penal dicte una nueva sentencia. La pregunta es ¿creen que estas personas salgan en libertad? A la persona que me pusiera contestar le estaré infinitamente agradecido pues me quitara un peso de encima. Saludos.
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 391518
-
Fecha de respuesta: Martes 18 de Octubre de 2016 19:55 2016-10-18 19:55 desde IP: 189.180.245.18
no.... se repone el procedimiento... y en base a ello se dictara otra sentencia... y se les tomara en cuenta el tiempo que ya pasaron privados de su libertad...
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 391540
-
Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Octubre de 2016 12:39 2016-10-19 12:39 desde IP: 189.137.160.191
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 391596
-
Fecha de respuesta: Viernes 21 de Octubre de 2016 15:07 2016-10-21 15:07 desde IP: 201.141.154.254
Distinguido Consultante En tu caso estiman que el reconocimiento en la cámara es nulo y por ende no será tomado en cuenta, por lo que tu debes manifestar al juzgador que son las personas que te robaron y que las reconoces en todo momento y que se pondere la jurisprudencia de la corte internacional de derechos humanos Gonzales y otros vs Estados Unidos Mexicanos (campo algodonero) el juzgador debe llegar al conocimiento de la verdad y tomar en cuenta tus manifestaciones pues no podrá tomar en cuenta el reconocimiento anterior por ser prueba afectada de nulidad por ser ilegal ante la ausencia del abogado defensor En caso de que desees que amplié mi comentario quedo a tus ordenes w w w . Tuamigo abogado. C om abogadoasesoria co m m x /mi correo tuamigoabogado arroba yah oo. C om mx
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 391597
-
Fecha de respuesta: Viernes 21 de Octubre de 2016 15:07 2016-10-21 15:07 desde IP: 201.141.154.254
Distinguido Consultante En tu caso estiman que el reconocimiento en la cámara es nulo y por ende no será tomado en cuenta, por lo que tu debes manifestar al juzgador que son las personas que te robaron y que las reconoces en todo momento y que se pondere la jurisprudencia de la corte internacional de derechos humanos Gonzales y otros vs Estados Unidos Mexicanos (campo algodonero) el juzgador debe llegar al conocimiento de la verdad y tomar en cuenta tus manifestaciones pues no podrá tomar en cuenta el reconocimiento anterior por ser prueba afectada de nulidad por ser ilegal ante la ausencia del abogado defensor En caso de que desees que amplié mi comentario quedo a tus ordenes w w w . Tuamigo abogado. C om abogadoasesoria co m m x /mi correo tuamigoabogado arroba yah oo. C om mx
-
Autor