Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

SUCESIóN MIXTA Y TRACTO ABREVIADO

  • Consulta : 280514
  • Autor : jjal09876_NR
  • Publicado : Viernes 22 de Julio de 2016 15:34 desde la IP: 201.145.155.244
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,164
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • jjal09876_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chiapas
    Estoy llevando un juicio sucesorio testamentario, pero ahora me dicen los herederos que apareció un bien que no estaba dispuesto en el testamento de la de cujus, es decir está intestado. Para el testamentario el juez ya fijó fecha. Qué debo hacer en este punto? Puedo solicitar al juez un juicio mixto mediante promoción? También quisiera saber si ese bien se puede vender por tracto abreviado, ya que los herederos tienen comprador y no quieren hacer doble adjudicación. Saludos.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí





  • Autor
    Respuesta No: 390041

  • Diego_V
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Garo por la redacción del comentario puedes percatarte de que la consulta fue hecha por otro abogado quien simplemente tiene un acto desconocido para el “Sucesión Mixta” si puedes ayudare no estaría de más hacerlo, por mi parte no soy docto en las áreas del derecho civil/familiar así que espero que alguien te pueda ayudar jjal09876_NR.



  • Autor
    Respuesta No: 390042

  • Diego_V
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    garo por la redacción del comentario puedes percatarte de que la consulta fue hecha por otro abogado quien simplemente tiene un acto desconocido para el “Sucesión Mixta” si puedes ayudare no estaría de más hacerlo, por mi parte no soy docto en las áreas del derecho civil/familiar así que espero que alguien te pueda ayudar jjal09876_NR.





  • Autor
    Respuesta No: 390061

  • Diego_V
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    garo el consultante tiene el cliente en las manos y hay situaciones que no son exactamente objeto de las clases en la facultad ¿Por qué darle un norte? Digo no le vas a enviar el escrito para su caso citando jurisprudencia y tratados pero un breve comentario no te va a quitar tiempo y por lo que entiendo esta página no fue creada para decirle a los consultantes “vaya a ver a un buen abogado” si ese fuera el caso ¿para qué entrar? Si fuera fiscal o admn. no me molestaría decirle un pormenor de la situación pero aquí los civilistas/familiaristas son los que pueden ayudar.



  • Autor
    Respuesta No: 390064

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Diego_V:

    Ciertamente que hay muchas cosas que no se aprenden en los libros, pero todo lo que se aprende es consecuencia de tener la suficiente inteligencia para aprovechar las lecturas, y sobre todo, esa inteligencia nos dota del criterio jurídico que no es otra cosa que el empleo de la lógica y especialmente de la lógica jurídica.

    Dicho lo anterior, hago patente mi consideración de que garovalo tiene mucha razón, y a sus comentarios agrego que como regla para los exámenes profesionales el jurado debe convencerse que el postulante a la abogacía tiene criterio jurídico, más que conocimientos, y el forista jjal09876 es su consulta demuestra que carece absolutamente de este criterio jurídico que es indispensable para ser abogado, pues demuestra que carece de lógica jurídica al grado tal que inventa un "juicio sucesorio mixto", es decir, que propone el absurdo de mezclar el juicio testamentario con uno intestamentario.





  • Autor
    Respuesta No: 391979

  • AspiranteNotario
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimados, las Sucesiones Mixtas no es un absurdo, símplemente no están regulados por las legislaciones estatales de México, sin embargo, ya se prevén en otros países, recordemos que el.Derecho evoluciona constantemente y se adecuar a la realidad que.vivimos. Respecto a la pregunta del foristas, le recomiendo que inicie el juicio intestamentario y posteriormente solicite la acumulación de juicios, para que cuando se remitan los autos al notario se realice la.adjudicación en una sola escritura.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión