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POSESIÓN

  • Consulta : 104
  • Autor : angie
  • Publicado : Martes 25 de Noviembre de 2008 10:25
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,542
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  • Autor
    Consulta

  • angie
    USUARIO REGISTRADO

    Buen dia! Escribo de Monterrey, Nuevo León. Mi consulta es en base a que hace mas de 20 años, mi familia y yo ocupamos una casa que era de mi bisabuelo; no sabiamos que el habia dejado un testamento donde heredaba a sus 10 hijos, murio hace 30 años. Nadie hizo un juicio testamentario, porque todos pensaban que no habia nada de eso. Hasta el mes de mayo, todos hacian uso de la casa, nosotros la cuidabamos, pero en mayo en una parte de la casa, se metio un bisnieto en una de las habitaciones y ya no se quizo salir, porque nosotros hemos hablado con el, pero es muy violento y amenaza hasta con matar. El ministerio publico no hizo nada. él ha tramitado un juicio testamentario, porque a él le heredo los derechos sobre esa herencia su abuela, que era una de las herederas originales. La cuestion es que el dice que ya todo es de él y que nos va a sacar de nuestra casa. Pero yo digo que la ley no puede ser tan injusta, mi papá sufre porque en verdad ama esta casa, porque sufrio por ella y ademas mi bisabuelo le dijo a mi papá que esa casa sería para él, porque el veía por la propiedad. Eso no vale? Ademas, si ese testamento es real, mi bisabuela no tenia ningun derecho, estaban casados, cuando adquirieron esa casa. Que se puede hacer? Les agradeceria mucho me asesoraran.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 191

  • Alós & Alós
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    BUEN DIA:

    SI BIEN ES CIERTO QUE EXISTE UN TESTAMENTO SEGÚN NOS COMENTA, HABRÁ QUE ESTUDIARLO CON DETENIMIENTO.

    POR OTRA PARTE, Y CON BASE EN LA POSESIÓN QUE HAN DETENTADO, PODRIA CABER LA POSIBILIDAD DE EJERCITAR LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA.

    REQUIEREN ABOGADO EN MONTERREY.

    PONEMOS A SU DISPOSICIÓN NUESTROS DATOS DE CONTACTO PARA CUALQUIER CONSULTA.

    SIN MÁS POR EL MOMENTO, SEGUROS DE SU PREFERENCIA, SEGUIMOS A SUS ÓRDENES.
    _________________
    ATENTAMENTE
    "UBI SOCIETAS, IBI IUS"

    L. FERNANDO ALÓS ACUÑA
    AMSTERDAM 77, DESPACHO 301,
    COL. HIPÓDROMO, C.P. 06100, D.F., MÉXICO.
    EMAIL. lexalos@yahoo.com
    MSN. alosius@hotmail.com
    OF. 85-96-15-76.
    CEL. 55-13-42-69-75.



  • Autor
    Respuesta No: 199

  • Lvis
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    El derecho a reclamar la herencia prescribe en diez años y es transmisible a los herederos (1549 codigo civil de Nuevo León), de cualquier manera, si ha subsistido el derecho a heredear por el testamento, la totalidad de los bienes pertenecen en copropiead a todos los herederos, incluyendo a la abuela, así que la abuela sólo puede heredar una parte a ese que quiere apropiarse de la casa, no toda la casa. En cuanto a la prescripción (adquisición d ela propiedad por el paso del tiempo 5 a 10 años), podría ejercitarse, creo que primero debe declararse la prescripción del derecho a reclamar la herencia, luego intentarse la prescripción.



  • Autor
    Respuesta No: 301

  • angie
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    agradezco que exista esta pagina, no saben los dolores de cabeza que quitan con la asesoria



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