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BIENES DE SOCIOS EMBARGADOS

  • Consulta : 114805
  • Autor : vana_78_NR
  • Publicado : Lunes 30 de Mayo de 2011 20:04 desde la IP: 201.147.64.5
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,079
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  • Autor
    Consulta

  • vana_78_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Buenas tardes, alguién me pueda orientar por favor, soy administrador único de una empresa, la cual la autoridad estatal le determinó un crédito fiscal por ISR e IVA, desafortunadamente la empresa ya no existe, y no tuve de conocimiento para ese entonces de la auditoría como del crédito determinante, me comentaron que se había notificado por estrados el crédito por lo que me imagino que no pudo actuar contra la empresa, ya no trabajo en ella, pero aún así la autoridad actuó contra mi, por estar incluido dentro del acta constitutiva, esto es porque congeló mis cuentas bancarias y me embargo unos bienes inmuebles.  Estoy preocupado y pretendo ver qué hacer, nada más que me interesaria tener una opinión, de que si es posible que la autoridad estatal tenga atribuciones para embargar y congelar cuentas bancarias.

    Les agradezco

     

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  • Autor
    Respuesta No: 225308

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Tan tiene las atribuciones que ya lo hizo, son autoridades fiscales autónomas y claro que lo ueden hacer, Es urgente que busque a un abogados fiscalista que le dé una orientación precisa. Si bien es cierto que como administrador único tiene responsabilidad sobre el manejo de la empresa, ésta no debe superar el monto de sus aportaciones. ¿Cuál es el onto de sus aportaciones? ¿Cuál es el monto del crédito fiscal?



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